Boletín Nº 316 / Julio 2025 – 2

IS.-CAMBIOS EN EL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES 2025

La declaración del Impuesto sobre Sociedades 2025, referente al ejercicio 2024, conlleva algunas novedades que las empresas deberán aplicar. Resumimos algunas de ellas:

Reserva de capitalización. Para los ejercicios que comienzan el 01/01/2024 el porcentaje de reducción en la base imponible será del 15% del incremento de los
fondos propios
(en los ejercicios anteriores este porcentaje era del 10%). El incremento de los fondos propios se debe mantener durante un plazo de 3 años.

A partir del 1 de enero de 2025 el porcentaje de reducción será:

  • 20% con carácter general.
  • Si la plantilla media total en el período impositivo se incrementa respecto de la plantilla media total del período impositivo inmediato anterior:
    • Entre el 2% y el 5%: 23%
    • Entre el 5% y el 10%: 26,5%
  • Mayor del 10%: 30%

El incremento de los fondos propios se debe mantener durante un plazo de 3 años.

Límites de la reducción:

  • 20% de la base imponible o 25% si la facturación es inferior a 1 millón de euros.
  • Las cantidades pendientes por insuficiencia de base imponible podrán aplicarse en los dos ejercicios siguientes.

Incremento de los porcentajes y límites de deducción por donativos, tanto paralas de carácter general como las de actividades prioritarias de mecenazgo. Por ejemplo,
las donaciones a entidades sin fines de lucro pasan del 35% al 40% y del 40% al 50% en el caso de donaciones a entidades sin fines de lucro con reiteración. El límite de la base de la deducción de ambas pasa a ser el 15% de la Base Imponible. En cambio, las donaciones a actividades prioritarias de mecenazgo pasan del 40% al 45% y del 45% al 55%, en el caso de donaciones a actividades prioritarias de mecenazgo con reiteración. El límite de la base de deducción de ambas pasa a ser el 20% de la Base imponible.

Compensación de bases imponibles negativas. Desde el 1 de enero de 2024 se reestablecen los límites más restrictivos en función del importe neto de la cifra de negocios o INCN (70 % cuando sea inferior a 20 millones de euros, 50 % entre 20 y 60 millones, y 25 % para más de 60 millones).  Además, se reintroduce la limitación específica para la aplicación de deducciones por doble imposición, tanto interna como internacional, que afecta a los contribuyentes con un INCN igual o superior a 20 millones de euros, que no podrá exceder del 50 % de la cuota íntegra del contribuyente. 

Para los grupos fiscales, se prorroga hasta 2025 la medida que limita la compensación de bases imponibles negativas al 50% de las bases individuales. Las cantidades no compensadas se podrán integrar de forma escalonada en los años siguientes.

Casilla Empresa Solidaria. Esta casilla permite que las empresas se involucren en la transformación social destinando el 0,7 % de la cuota íntegra del IS a subvencionar proyectos sociales, sin coste para ella. Tras su primera aplicación en el ejercicio 2023, vuelve a aplicarse en el ejercicio 2024. La casilla se encuentra en el apartado ‘Otros caracteres – fines sociales’ del Impuesto de Sociedades, en la casilla 00073 del modelo 200 o la 069 del modelo 220.

En cuanto al IS 2025, con efectos de 1 de enero de 2025 se prorroga al ejercicio 2025 la libertad de amortización para aquellas inversiones que utilicen energía procedente de fuentes renovables.

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